En Guatecompras la licitación cambió su estatus de prescindido a en evaluación.

La Procuraduría General de la Nación (PGN) emitió a petición de la Empresa Portuaria Quetzal (EPQ) un dictamen en octubre de 2021 en la que recomendaba rechazar el recurso de revisión planteado por la constructora Supervisión, Construcción y Mantenimiento (SCM) con la que la empresa pretendía le fuera devuelta la adjudicación del evento “Mejoramiento Infraestructura Portuaria Rompeolas Este y Oeste, Puerto Quetzal” 

“La Procuraduría General de la Nación, con fundamento en lo expuesto, considerado y normas legales citadas dictamina que el recurso de reposición interpuesto por las entidades Supervisión, Construcción y Mantenimiento, S.A. y Acotec NV puede ser declarado sin lugar”, expone el dictamen 2712-2021 de fecha 6 de octubre de 2021.

Originalmente, el proyecto fue adjudicado el 3 de marzo de 2021 a la constructora SCM por un monto de Q477 millones 947 mil 452.40. Sin embargo, la Junta Directiva de la EPQ improbó el evento el 18 de marzo del mismo año, al detectarse inconsistencias durante el proceso de licitación.

El argumento principal para improbar la licitación fue que constructora SCM no había acreditado la correcta inscripción en el Registro Mercantil de las empresa Acotec N.V., que sería la compañía internacional con la que se ejecutaría el proyecto.

Tras la anulación de la licitación la empresa SCM a través de Alejandro Matheu presentó un recurso de revisión que fue declarado con lugar por las autoridades de la EPQ en diciembre pasado por lo que el status del evento en Guatecompras pasó de estar prescindido a evaluación.

El argumento de la PGN

“Al verificar la actuación por parte de la Junta Directiva de la Empresa Portuaria Quetzal, se puede constatar que esta rechazó lo actuado en primer momento por la Junta de Licitación, al haber considerado, entre otros aspectos, que no había presentado en tiempo la documentación que comprobara que la entidad Acotec, NV, se encontraba debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la República; por lo que estimaron que la oferta presentada por la entidad Supervisión, Construcción y Mantenimiento, S.A. debió ser rechazada por parte de la Junta de Licitación…”, señala el dictamen de la PGN.

La oficina del abogado del Estado agrega que “…Posteriormente, la Junta de Licitación efectuó un nuevo análisis de las actuaciones, diciendo rechazar la oferta de la entidad Supervisión, Construcción y Mantenimiento mediante acta 79-2021, de fecha 29 de marzo de 2021, fundamentando dicha decisión en que el oferente no acompañó la documentación que comprobara la inscripción de la entidad extranjera Acotec, NV en el Registro Mercantil”.

Finalmente la PGN concluye que “la documentación obrante en el expediente de mérito, se puede constatar que a folio 22, obra copia simple de la Razón de Inscripción de la entidad Acotec, NV como sociedad extranjera, la cual tuvo su personería jurídica a partir del 3 de marzo de 2021, fecha en la cual quedó debidamente inscrita, por ello, al existir un requerimiento por parte de la Junta de Licitación cuya fecha límite de presentación era el 2 de marzo de 2021, quedó evidenciado que la entidad Supervisión, Construcción y Mantenimiento no cumplió con la presentación de la documentación que sustentara el requisito no fundamenta contenido en el literal R.19 literal E en la forma y tiempo fijado por la Junta”.