La ley que permite a las personas declararse insolventes en Guatemala se aprobó en 2022. No obstante, desde entonces no se han finalizado dos factores necesarios para su implementación en el país: un reglamento y un registro de acreedores concursales, así lo explicó Valeria Prado, viceministra de Asuntos Registrales del Ministerio de Economía (Mineco).
El denominado Registro de Acreedores Concursales deberá crearse dentro del Viceministerio de Asuntos Registrales, según explicó Prado. No obstante, para la creación de este nuevo registro, es necesario modificar el reglamento orgánico del Mineco.
Un acreedor concursal es cualquier persona o entidad a la que la empresa en quiebra le debe dinero antes de que se declare en insolvencia.
Por esta razón, Prado destacó que se envió el acuerdo gubernativo para reformar el reglamento a la Oficina Nacional del Servicio Civil (Onsec), ya que, sin su aprobación, no es posible crear las plazas para administrar el registro. No obstante, según Prado, hasta el momento no se ha recibido retroalimentación por parte de la Onsec. A partir de esto, la viceministra reconoció que no está segura de cuándo dicho registro podría comenzar a funcionar.
Para Amán Sánchez, abogado especialista en clima de negocios, el registro es esencial para el adecuado funcionamiento del régimen de insolvencia en el país. “Su trabajo es garantizar transparencia, acceso a la información y acreditar a ciertas personas como administradores concursales”, explicó Sánchez.
Figura clave para recuperación de empresas
El Registro de Acreedores Concursales, según Sánchez, es el responsable de acreditar a todas aquellas personas que trabajen en los procesos junto con el Organismo Judicial y que, a su juicio, son indispensables para la regulación de la quiebra. Los administradores concursales serán los encargados de verificar toda la situación financiera del deudor e incluso podrían establecer sus posibilidades para salir de la insolvencia.
Esto quiere decir, indicó Sánchez, que el administrador concursal será todo aquel profesional que, durante el proceso, actúe como un tercero independiente, verifique las ventajas y desventajas del deudor y busque un plan para superar su situación de insolvencia. “El administrador concursal será el que busque soluciones para realizar los pagos, o quien indique que ya no se puede hacer nada por la empresa”, destacó Sánchez.
Para la acreditación de dichos administradores, Sánchez argumentó que el registro también deberá encargarse de un examen para certificar a los profesionales interesados. Esto deberá realizarse por medio del Mineco y con las universidades del país como aliadas, según el abogado.
Entre los puestos que deberían crearse desde la Onsec están el de registrador, subregistrador y personal administrativo, explicó Prado. Luego del dictamen favorable por parte de la Onsec, las reformas deben pasar a la Dirección Técnica del Presupuesto del Ministerio de Finanzas (Minfin), luego a la Procuraduría General de la Nación y, por último, a la Secretaría General de la Presidencia para su opinión final. Sánchez señaló que, dado que el registro ya fue creado por la ley, el Mineco podría comenzar con el nombramiento de las autoridades, quienes podrían contribuir a la finalización del reglamento que continúa pendiente.