El Juzgado Pluripersonal de Trabajo y Previsión Social para la Admisión de Demandas del Departamento de Guatemala emplazó al Ministerio de Educación (Mineduc), con lo cual no podrá iniciar procesos disciplinarios ni destituir a ningún maestro desde el pasado 12 de enero del 2026.

La resolución se deriva de un conflicto colectivo de carácter económico social promovido por el Comité Ad Hoc de la Coalición de Trabajadoras y Trabajadores del Ministerio de Educación de Guatemala contra el Estado de Guatemala y el Mineduc.

Se indica que ni el Estado ni el Mineduc deberán tomar represalias contra los trabajadores, ni impedir el ejercicio de los derechos laborales. En caso de incumplimiento, se impondrá una multa equivalente de 10 a 50 salarios mínimos mensuales para las actividades no agrícolas, además de la reparación del daño causado.

Al considerar que el salario mínimo vigente para el 2026 es de Q4 mil 252.28 (con bonificación incluida), la multa oscilaría entre Q42 mil 522.80 y Q212 mil 614.


Una fuente cercana al Mineduc indicó que el efecto de la resolución es “detener” los procesos disciplinarios que puedan derivar en una sanción parcial o destitución en curso.

No obstante, aclaró que la medida no afecta las destituciones realizadas en el 2025, como consecuencia de la suspensión de clases durante la huelga del Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG), ya que la resolución no es retroactiva.

“Se previene a las partes que toda terminación de contratos de trabajo debe ser autorizada por el órgano jurisdiccional que conocerá en definitiva del presente conflicto colectivo”, indica el fallo.

Procesos

En 2025 se concretaron más de un centenar de despidos y hubo más de tres mil sanciones a maestros por ausentarse de las aulas para participar en una asamblea permanente promovida por dicho sindicato. A estos se les impuso una suspensión de diez días laborales sin goce de salario.

“Ahora el ministerio no puede despedir a una persona por sí mismo, como lo haría en condiciones normales, sino que tiene que llegar a la aprobación del juez laboral. No significa que no se pueda despedir a nadie, sino que hay que justificarlo ante un juez y que este lo apruebe. Ese es el efecto de la resolución”, explicó la fuente consultada.

Las principales razones por las que el Mineduc ha destituido a maestros están relacionadas con señalamientos de violencia sexual contra estudiantes u otros docentes, así como por el mal manejo de los fondos asignados a los centros educativos.

Más allá de frenar los procesos disciplinarios y las destituciones, el emplazamiento no limita el funcionamiento del ministerio, según la fuente. Sin embargo, considera que se trata de una “señal de hostilidad” por parte del STEG, dirigido por Joviel Acevedo, que no está conforme con las sanciones impuestas a los maestros faltistas, razón por la que interpuso varios recursos ante juzgados y la Corte de Constitucionalidad, los cuales no prosperaron.

La resolución del juez no establece un plazo definido, pero el equipo legal del Mineduc ya prepara una serie de recursos para presentarlos ante las instancias correspondientes, con el fin de que la medida no se prolongue, se indicó.