El expediente que contiene la iniciativa para ampliar el plazo de pago del impuesto de circulación de vehículos para este año fue trasladado el 17 de junio a la Comisión de Finanzas Públicas y Moneda, según información de la Dirección de Comunicación Social del Congreso de la República.
Esta comisión tiene programado reunirse el 16 de julio para analizar y decidir sobre la propuesta, la cual podría ser conocida por el pleno en los próximos días si se emite dictamen favorable.
El dictamen que emita esta comisión será clave para que la propuesta continúe su trámite en el pleno del Congreso.
Fecha límite del impuesto de circulación
De acuerdo con el artículo 29, literal a) del Decreto Número 70-94, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, todos los propietarios de vehículos deben pagar el impuesto de circulación a más tardar el 31 de julio de cada año.
Este plazo aplica para todo tipo de vehículos:
- Particulares
- Comerciales
- Motocicletas
- Vehículos marítimos
- Vehículos aéreos
¿Existe una propuesta de prórroga?
El 26 de mayo del 2025, un grupo de siete diputados de distintas bancadas presentó una iniciativa de ley con el objetivo de ampliar el plazo para pagar el impuesto de circulación hasta el 30 de septiembre del 2025.
Según información de la Dirección de Comunicación Social del Congreso de la República, el expediente fue trasladado el 17 de junio a la Comisión de Finanzas Públicas y Moneda, la cual tiene programado reunirse el 16 de julio para analizar y decidir sobre la iniciativa. El dictamen que emita esta comisión será clave para que la propuesta continúe su trámite en el Pleno del Congreso.
Hasta ahora, no existe una prórroga oficial y el plazo vigente sigue siendo el 31 de julio del 2025. Por esta razón, muchos guatemaltecos ya están utilizando el Bono 14 para realizar el pago correspondiente y evitar multas.
Validez y presentación de la tarjeta de circulación 2024
La tarjeta de circulación 2024 será válida hasta el 31 de julio del 2025. A partir del 1 de agosto, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) podrá imponer multas y sanciones a quienes no hayan cumplido con el pago del impuesto y no cuenten con la tarjeta actualizada.
Desde el 19 de diciembre del 2024, con la entrada en vigor de las reformas a la Ley de Tránsito, se eliminó la obligación de imprimir la tarjeta de circulación.
Sin embargo, esta debe presentarse en formato físico o digital durante los operativos realizados por las Policías Municipales de Tránsito (PMT).
¿Es posible imprimir la tarjeta si hay multas pendientes?
Con las reformas implementadas a finales del 2024, las autoridades ya no pueden retener documentos de circulación, como la tarjeta de circulación o la calcomanía, como mecanismo de presión para exigir el pago de multas de tránsito.
No obstante, si un vehículo acumula más de cinco multas sin pagar, puede ser retirado de circulación por las autoridades correspondientes. Por ello, se recomienda a los conductores verificar el estado de sus infracciones y regularizar su situación para evitar sanciones mayores.
A la fecha, no hay una prórroga confirmada para el impuesto de circulación de vehículos 2025 en Guatemala, por lo que se recomienda a los contribuyentes realizar el pago antes del 31 de julio. También es importante mantener en regla la tarjeta de circulación y estar al tanto del estado de las multas para evitar inconvenientes legales o administrativos.