La PGN y la Secretaría General de la Presidencia interponen querella contra Consuelo Porras, jefa del MP, por no atender convocatoria que le hizo el presidente Bernardo Arévalo al Gabinete de Gobierno.
La Procuraduría General de la Nación (PGN) y la Secretaría General de la Presidencia presentaron una querella penal y solicitud de retiro del derecho de antejuicio contra Consuelo Porras, fiscal general y jefa del Ministerio Público (MP).
Este 29 de febrero, el jefe de la PGN, Julio Roberto Saavedra, acompañado Juan Gerardo Guerrero, secretario general de la Presidencia, acudieron a Gestión Penal de la Torre de Tribunales a presentar la querella penal contra la fiscal Consuelo Porras, y pedir que se le retire la inmunidad.
Saavedra dijo a periodistas que la querella se genera ante la negativa de la fiscal general de atender la convocatoria que le hizo el presidente de la República -Bernardo Arévalo- para participar en la junta de gabinete del pasado 29 de enero.
“La intención expresada en esa invitación fue coordinar políticas de Estado y acciones acerca de temas que son fundamentales en el esfuerzo que persigue actualmente el Estado de Guatemala para abatir la impunidad, combatir la corrupción y garantizar el respeto de los derechos humanos”, comentó Saavedra.
Añadió que la presencia de la fiscal en esa reunión se consideró necesaria para que participara en la deliberación de esos temas de Estado que permitirían mejorar las acciones del gobierno conjunto con el Ministerio Público.
“El artículo cuarto de la Ley Orgánica del Ministerio Público establece, y acá cito, “El presidente de la República podrá invitar al fiscal general para que participe en cualquier junta de gabinete o de los ministros de Estado. En este supuesto, el fiscal estará obligado a concurrir a la junta con voz, pero sin voto”, leyó Saavedra.
El jefe de la PGN comentó: “el rehusarse a participar en esa junta de gabinete podría enmarcarse en una conducta delictiva que el artículo 419 del Código Penal define como incumplimiento de deberes, ya que es obligación de la fiscal general atender las convocatorias del presidente de la República para coordinar políticas de Estado en los temas para los cuales se le invitó”.
Añadió que el hecho de que el artículo cuarto de la Ley Orgánica del MP le otorgue la obligación de asistir a las reuniones con voz, pero sin voto, implica que la fiscal general debe participar en las deliberaciones del consejo de ministros, expresar su opinión, hacer propuestas y debatir sobre las políticas de Estado que le competen.
Reiteró en esas reuniones la fiscal no tiene voto, pero que es una obligación que ella incumplió al salirse de la reunión el 29 de enero pasado.
“Por esas razones y con instrucciones del presidente de la República, como procurador general de la nación he presentado una querella penal y solicitud de -retiro de derecho a – ante juicio para los trámites que conforme a la ley corresponde”, afirmó Saavedra.
Expresó que en su oportunidad, los tribunales deberán valorar esta petición y ordenar el nombramiento de un fiscal especial que investigue las implicaciones de esa negativa de la fiscal general a participar activamente en las reuniones de gabinete que convoca el presidente de la República.
Señaló que a presentar la querella lo acompañó Juan Gerardo Guerrero, secretario privado de la Presidencia, para reforzar con su presencia el valor jurídico que tiene esta acción “como mecanismo para el sometimiento de todo funcionario público a un verdadero Estado de derecho y no a un mañoso estado de legalidad”.
Guerrero, dijo a los periodistas que la presente acción que se está entregando este 29 de febrero surge de una serie de análisis que se han estado realizando de forma minuciosa desde el Ejecutivo y es para reencausar el estado de derecho que tanto le hace falta a el Ministerio Público.
“Quiero recalcar que esta va a ser una de varias acciones que se estarán emprendiendo por parte del Ejecutivo en contra de todos aquellos actores corruptos, aquellos actores que están en contra del estado de derecho, aquellos actores que están actuando fuera del marco de la legalidad y del estado de derecho”, comentó.
MP emite postura
El Ministerio Público (MP) en un pronunciamiento oficial, indicó que Porras fundamentó su decisión sobre la convocatoria a una reunión de Consejo de Ministros, razón por la cual se considera que la solicitud del retiro de antejuicio, adolece de sustento legal y es «espuria».
«La decisión de la Fiscal General está debidamente fundamentada en lo que establece la ley, por lo que se considera que la solicitud del retiro de antejuicio, adolece de sustento legal, siendo espuria y con un posible origen político con el fin de obstruir la justicia y obstaculizar la acción penal. Por lo cual, el Ministerio Público actuará de acuerdo a su mandato legal y constitucional», indica el MP en su postura.
Además, enfatiza que el Ministerio Público actuará «de acuerdo a su mandato legal y constitucional».
En sus propias palabras, «La Fiscal General como Jefe del Ministerio Público es la encargada de velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país, en ese sentido, es y siempre ha sido la primera interesada en cumplir con la ley y que esta se cumplan, sin excepción alguna».
Respecto a su presencia en la Casa Presidencial, la Fiscal General afirma haber asistido en cumplimiento del artículo 4 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, con la intención de entablar un diálogo constructivo.
«La Fiscal General ya fue clara al manifestar públicamente en varias ocasiones, que en cumplimiento al artículo 4 de la Ley Orgánica del Ministerio Público concurrió a Casa Presidencial atendiendo la invitación formulada, con la voluntad de entablar un diálogo constructivo en favor del pueblo de Guatemala», se añade.
Según la declaración, «sin embargo, el Presidente dio inicio a una reunión de Consejo de Ministros, y la propia Constitución Política de la República y la Ley del Organismo Ejecutivo, establecen claramente que el Consejo de Ministros no puede ser integrado por personas distintas a las que establece la ley».
Finalmente, se expone que la Fiscal General señala la irregularidad legal de la situación, resaltando que «el artículo 4 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, así como el artículo 18 de la Ley del Organismo Ejecutivo, únicamente regulan la obligación del Fiscal General de acudir a un gabinete específico, integrado por los ministros y para los fines que se establezcan en un Acuerdo Gubernativo que le dé vida», y que en dicha reunión no se había emitido ningún acuerdo gubernativo al respecto.