La Presidencia de la República publicó este martes 17 de febrero el Decreto 2-2026, que declara el estado de prevención en todo el territorio nacional durante 15 días.

Entre las consideraciones destaca que, con base en la actualización de los informes de seguridad emitidos por las entidades competentes, durante el plazo de vigencia del estado de sitio se adoptaron medidas para contrarrestar ataques contra las autoridades civiles por parte de integrantes de maras o pandillas, ante la negativa del Estado a acceder a peticiones fuera del marco de la ley. Además, se busca garantizar la seguridad de los habitantes y sus bienes.

Se remarcó que es necesario contar con un marco jurídico que permita continuar acciones excepcionales coordinadas de las fuerzas de seguridad del Estado, dirigidas a prevenir y reprimir perturbaciones graves de la paz y del orden público.

El decreto contempla que todas las entidades y dependencias que integran el Organismo Ejecutivo deben participar y colaborar en el ámbito de sus atribuciones, con el propósito de hacer efectivas las medidas y acciones que se determinen para garantizar su cumplimiento.


El estado de sitio dejó de regir en Guatemala el 16 de febrero, tras su duración de un mes, derivado de motines en las cárceles Renovación 1, en Escuintla; Fraijanes 2 y el Preventivo para Hombres de la zona 18.

En las referidas prisiones se registraron alteraciones del orden, con la toma de rehenes por parte de la mara del Barrio 18, según el Ministerio de Gobernación.

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Además, pandilleros atacaron a balazos a agentes de la Policía Nacional Civil en distintos puntos, con un saldo de al menos 10 agentes muertos.

Las medidas del ahora estado de prevención no afectarán el funcionamiento de los organismos del Estado, cuyos miembros continuarán gozando de las inmunidades y prerrogativas reconocidas legalmente, ni limitarán los procesos de designación o nombramiento de funcionarios que correspondan por plazo constitucional. Tampoco afectarán el funcionamiento de los partidos políticos.

El estado de prevención entra en vigor a partir de este martes 17 de febrero.

Medidas durante el estado de prevención

  • Limitar la celebración de reuniones al aire libre, las manifestaciones públicas u otros espectáculos, y, en su caso, impedir que se lleven a cabo.
  • Disolver por la fuerza, sin necesidad de conminatoria alguna, cualquier grupo, reunión o manifestación pública en la que se hiciera uso de armas o se recurriera a actos de violencia.
  • Prohibir la circulación o el estacionamiento de vehículos en lugares, zonas y horarios determinados; impedir su salida fuera de las poblaciones o someterlos a registro.