El Congreso de la República publicó este viernes 27 de agosto en el Diario de Centro América el decreto 9-2021 con lo que imprueba el decreto gubernativo 6-2021, de fecha 13 de agosto emitido por el presidente de la República en consejo de ministros, por medio del cual se declara estado de calamidad pública en todo el territorio nacional por un plazo de treinta días.

Resalta que en sesión plenaria el 23 de agosto se improbó el referido decreto, por lo que corresponde aprobar el instrumento que contenga la decisión adoptada por el Pleno.

El Congreso aclara que el presente decreto no requiere sanción por parte del Organismo Ejecutivo, y entrará en vigencia inmediatamente.

El lunes 13 de agosto, con 103 votos se improbó el estado de Calamidad impuesto por el Ejecutivo en el Decreto 6-2021. Las reformas incluidas en el decreto 7-2021 también quedaron sin efecto.

Ese día, en el Legislativo se llevó a cabo una maratónica y acalorada sesión que terminó con la improbación del decreto.

La principal razón por la que muchos diputados optaron por rechazar el estado de calamidad obedece a que permite hacer compras estatales con mayor libertad lo que, según expertos, se aprovecha para cometer ilegalidades.

El 13 de agosto, el presidente Gimmattei en cadena nacional se dirigió a la Nación para anunciar nuevas medidas para frenar el avance de la pandemia del covid-19.

El mandatario indicó que las instituciones rectoras de la salud así como la comunidad en general deberán aplicar medidas para evitar que continúen su propagación y con ello reducir el impacto sanitario.

Entre las disposiciones, se limitaba la locomoción a partir de las 22 horas del día hasta las 4 del día siguiente, pero esto quedó sin efecto.

Las medidas estaban enfocadas a la contención del virus sin afectar el sistema de Justicia, las actividades económicas y la prestación de servicios públicos entre otras actividades esenciales.