Las autoridades reaccionaron luego de que el Congreso aprobara el artículo 85 del presupuesto de ingresos y egresos para 2026, el cual incluye la adquisición de un tramo accionario para la adhesión del país al Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF), una decisión avalada por legisladores de distintas bancadas.
El Banguat advirtió que la medida no procede y podría ser objeto de acciones legales.
En respuesta a una consulta de Prensa Libre, la institución afirmó que no se pueden realizar este tipo de operaciones utilizando las Reservas Monetarias Internacionales (RMI) y anticipó posibles procesos en las instancias judiciales correspondientes.
Los legisladores aprobaron, a solicitud del Ministerio de Finanzas (Minfin), destinar US$40 millones (unos Q306 millones) de las RMI para el CAF, según lo estipulado en el artículo 85 del decreto 27-2025, ordenando así el uso de dichos recursos.
Al respecto, se brindó una explicación a Prensa Libre.
Como autoridad monetaria, ¿Cuál es la posición oficial sobre lo aprobado en el presupuesto a solicitud del Minfin?
La forma en que está escrito el artículo 85 relativo a la participación de la República de Guatemala en la Corporación Andina de Fomento (CAF), en particular porque de conformidad con el artículo 133 de la Constitución Política de la República la Junta Monetaria no puede autorizar al Banco de Guatemala para conceder financiamiento directo o indirecto, garantía, o aval al Estado, y a las entidades autónomas y descentralizadas, así como a cualquier ente público, que es a lo que conlleva el referido artículo 85.
Además, conforme lo dispuesto en el artículo 71, inciso c, de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, el Banco Central tiene explícitamente prohibido otorgar financiamiento garantía, o aval al Estado, y a las entidades autónomas y descentralizadas.
Además, conforme lo dispuesto en el artículo 71, inciso c, de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, el Banco Central tiene explícitamente prohibido otorgar financiamiento garantía, o aval al Estado, y a las entidades autónomas y descentralizadas.
